En España, está reconocido como derecho fundamental la libertad sindical (artículo 28 CE), lo que implica que una persona trabajadora se puede afiliar a un sindicato, libremente, sin que esa situación pueda suponer un perjuicio.
Al ser un derecho fundamental, está específicamente prohibida cualquier tipo de discriminación por pertenecer o estar afiliado a un sindicato.
Dicho esto, es decisión personal de la persona trabajadora informar a la empresa de este hecho o no, de modo que se puede estar afiliado/a y que la empresa no lo sepa.
Sin embargo, cuando se está afiliado/a a un sindicato, y la empresa lo sabe, se tiene una serie de derechos, tales como:
✅ En caso de despido disciplinario, la empresa no puede despedir a la persona sin escuchar al sindicato y que este pueda defender a su afiliado/a. Es necesario que la empresa de audiencia a la sección sindical a la que se pertenece.
✅ Se tiene derecho a celebrar reuniones para dar información sindical al resto de trabajadores. Se tendrá que informar previamente a la empresa y se tendrá que hacer fuera de horas de trabajo y sin molestar a la actividad de la empresa.
✅ En caso de tener que ir a juicio contra la empresa, el sindicato podrá igualmente demandar a la empresa.
📩 ¿Cuál es la mejor forma de comunicarlo a la empresa?
✍🏻 Como siempre, la mejor forma es informar por escrito, indicando el sindicato al que se pertenece, y quedándose una copia firmada y sellada por la empresa de este escrito como prueba de que se ha comunicado.
😡💢 ¿Puede la empresa tomar represalias?
No. La empresa no puede tomar ninguna represalia por el hecho de estar afiliado a un sindicato ni por realizar acciones sindicales.
👨🏽💻 Infografía de la mano de Mikel Herce González, que se ha encargado de resumir en una imagen el texto que os comparto.

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