📝 Recordemos que ante la imposibilidad de la aprobación de la Ley de Familias (como consecuencia del adelanto electoral), el Consejo de Ministros aprobó, el pasado año, el Real Decreto-Ley 5/2023, para crear nuevas medidas que favorecieran la conciliación de progenitores/as y cuidadores/as.
👨🏽🍼Entre las nuevas herramientas de conciliación se implantó un permiso parental de duración no superior a 8 semanas, para el cuidado de hijo/a o menor acogido/a por tiempo superior a un año, que se puede disfrutar, de manera continua o discontinua, a tiempo parcial o completo, hasta que el menor cumpla 8 años.
Para cumplir con la Directiva 2019/1158 del Parlamento Europeo, este permiso debía ser retribuido como tarde el 2 de agosto de este año.
😠💢 Pues bien, a pesar de que el 2 de agosto expiraba el plazo para remunerar el permiso parental de hasta 8 semanas, el Gobierno ha afirmado que seguirá siendo NO retribuido y que, probablemente, se incluirá en las negociaciones de los Presupuestos Generales del Estado de 2025.
🧑🏼⚖️ España se arriesga a que la Comisión Europea presente recurso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por la incompleta transposición de la Directiva, pudiendo suponer la imposición de sanciones económicas por parte del Tribunal.
🤷🏽♂️ Entonces, ¿qué ocurre con este permiso?
Pues básicamente lo que sucede es que puedes solicitarlo, pero sabiendo que (todavía) NO va a ser retribuido.
📢 Diferentes sindicatos como USO, CCOO y UGT ya se están movilizando para reclamar el cumplimiento de la normativa europea, pues consideran que la ausencia del carácter remunerado del permiso limita su ejercicio y su uso corresponsable.
👨🏽💻 Infografía de la mano de Mikel Herce González, que se ha encargado de resumir en una imagen el texto que os comparto.
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