💰👵🏻 Los periodos de prestación o subsidio por DESEMPLEO ¿sirven para mi JUBILACIÓN?

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Mientras se cobra la prestación contributiva por desempleo se cotiza para la jubilación con una base de cotización igual o parecida a la que se poseía durante la prestación de servicios.

Tanto el SEPE (AEE) como la persona trabajadora, cotizan a la Seguridad Social por la base de cotizaciones que tuvo la persona los últimos 180 días antes de la extinción de su contrato. 

👉🏻 Durante el tiempo que se percibe la prestación sucede lo siguiente:

✅ El SEPE paga la cuota de la empresa (23,60% de la base de cotización).

✅ A la persona desempleada se le descuenta la cuota que pagan las personas trabajadoras en activo (4,70% de la base). 

🤔 ¿Qué sucede en caso de cobrar prestación no contributiva?

En el caso de los subsidios por desempleo, únicamente cotizan por jubilación:

✅ Los subsidios para mayores de 52 años. 

✅ Los subsidios de personas trabajadoras fijas discontinuas menores de 52 años cuyo hecho causante haya tenido lugar antes del 02/03/2022, que acrediten 180 días o más de cotización. 

👨🏽‍💻 Infografía de la mano de Mikel Herce González, que se ha encargado de resumir en una imagen el texto que os comparto.

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