Las personas trabajadoras tienen derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año: una de ellas con ocasión de las fiestas de Navidad y la otra en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre la empresa y la representación legal de aquellas (artículo 31 TRLET).
Por ello, y salvo que en tu contrato figure que las pagas extra están prorrateadas (esto es, cuando se distribuyen mes a mes, durante todo el año, a partes iguales), recibirás aproximadamente el doble de tu nómina en dos ocasiones (como mínimo) al año.
🗓️ ¿Cuándo se cobra la paga extra de verano?
A diferencia de la paga extra de Navidad, que está fijado que como máximo se ingrese el 24 o el 25 de diciembre, la tradicional paga de verano queda al arbitrio de la empresa, pues la ley les da libertad para decidir cuándo abonarla.
No obstante, en la mayoría de los casos, la paga extra de verano suele recibirse en los meses de junio o julio. En algunos casos irá junto con la nómina y en otros en dos pagos diferenciados (la nómina por una parte a principios de mes y la paga extra, a partir de la segunda quincena).
💶 ¿Cuánto se cobra en la paga extra de verano?
Una vez más, debemos acudir al convenio colectivo que nos afecte para saber la cantidad que nos corresponde, pues la ley no lo recoge.
Lo que sí establece la ley es que las pagas extraordinarias no pueden ser inferiores al salario base percibido por 30 días de trabajo (se puede consultar en una nómina) o al SMI (actual: 1.134 euros/mes).
🤓 Infografía de la mano de Mikel Herce González, que se ha encargado de resumir en una imagen el texto que os comparto.
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