👨👧👦 FAMILIA
Se ha creado una autorización de residencia para familiares de ciudadanos/as españoles/as, en cuyo caso se amplía la edad de los hijos hasta los 26 años (antes 21), y se recoge la posibilidad de incluir a las parejas no registradas formalmente.
📚 FORMACIÓN
Los/as estudiantes van a poder contar con una autorización de estancia por estudios que dure el mismo tiempo que su formación, y se les va a facilitar una vía rápida para poder enlazar con una autorización de trabajo una vez acabada su formación.Durante sus estudios estarán autorizados a trabajar un máximo de 30 horas semanales.
💼 TRABAJO
La norma regula autorizaciones para trabajar desde el primer momento, sin tener que solicitar de forma expresa una autorización inicial de trabajo por cuenta ajena.
Peculiaridades en las actividades de temporada:
- Se ha creado una autorización específica de residencia y trabajo que facilita la contratación tanto a nivel individual como colectivo.
- Las personas trabajadoras deberán tener información concreta y escrita de sus condiciones laborales y de estancia.
- Posibilidad de cambiar de persona empleadora en caso de abuso o por otras causas que hayan impedido el desarrollo de la relación laboral.
A pesar de que la norma se publicó en el BOE el 20 de noviembre, no será hasta el 20/05/2025 cuando entre en vigor este Real Decreto 1155/2024, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
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👨🏽💻 Infografía de la mano de Mikel Herce González, que se ha encargado de resumir en una imagen el texto que os comparto.
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