Desde el 1 de enero de 2023 el sistema de cotización de los/as trabajadores/as autónomos/as se basa en el rendimiento neto de los negocios, de tal manera que para el cálculo de la cuota debe hacerse una estimación de los ingresos reales anuales.
🗒️ El sistema de cotización de las personas incluidas en el Régimen Especial de Trabajo Autónomo (RETA) puede resumirse en 4 pasos:
- Determinación del tramo de ingresos reales: Los ingresos reales se calculan descontando las deducciones fiscales de los ingresos brutos.
- Asignación de la base de cotización: A partir de estos ingresos, se asigna a la persona autónoma un tramo específico dentro de la tabla de bases de cotización aprobada para el año. Cada tramo de ingresos tiene asociada una base mínima y máxima de cotización, lo que permite que se pueda elegir cotizar por una base superior dentro de su tramo.
- Aplicación del tipo de cotización. Una vez definida la base de cotización, se aplica el tipo correspondiente, que incluye conceptos como contingencias comunes, profesionales y cese de actividad, teniendo como resultado la cuota mensual a abonar.
- Regularización anual: Al cierre del ejercicio fiscal, la Seguridad Social revisa los ingresos declarados en la declaración de la renta y ajusta las cuotas pagadas durante el año.
📝 La regularización puede plantear tres escenarios:
A) Ingresos reales superiores a los estimados: la persona autónoma deberá abonar la diferencia.
B) Ingresos inferiores a los estimados: la persona autónoma podrá optar por mantener una base superior de cara a incrementar la cuantía de futuras prestaciones o solicitar el reembolso por el exceso.
C) Ingresos reales coinciden con los estimados: no habrá que hacer ninguna gestión adicional.
🔗 Puedes consultar tu cuota para el año 2025 en: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-3780
👨🏽💻 Infografía de la mano de Mikel Herce González, que se ha encargado de resumir en una imagen el texto que os comparto.



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